Jubilación anticipada. Guía completa para 2021
Te explicamos en qué consiste la jubilación anticipada, la edad exigida y todos los requisitos que debes cumplir para poder solicitarla.
Desde el 1 de enero de 2021 la edad de jubilación ordinaria ha subido de los 65 a los 66 años. Esta subida también afecta a la edad de jubilación anticipada, que se establece en 64 años.
¿Qué edad tengo que tener para solicitar la jubilación anticipada?
Para poder pedir una jubilación anticipada será requisito mínimo tener 64 años, dos años anteriores a la edad legal de jubilación. Pero para poder recibir tu pensión por jubilación bajo esta modalidad, deberás haber cotizado 35 años, como mínimo, a la Seguridad Social, dentro de los cuales, 2 deben encontrarse dentro de tus 15 últimos años cotizados.
A estos requisitos se suman otros, los detallamos a continuación.
Requisitos para acceder a la jubilación anticipada en 2021
Un trabajador podrá solicitar su pensión de jubilación de forma anticipada si:
- Tiene 64 años cumplidos.
- Está en situación de alta laboral en la Seguridad Social antes de solicitar su pensión por jubilación.
- Acredita, como mínimo, 35 años cotizados. Dentro de este periodo no se tendrán en cuenta la parte proporcional correspondiente a pagas extraordinarias, ni el abono de años y días cotizados por cotizaciones anteriores al 01/01/1967. Lo que sí se computará será el periodo de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria, con un año de límite como máximo.
- En el periodo de cotización (35 años), al menos dos de ellos deberán estar dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión.
- En el caso de los trabajadores agrarios por cuenta ajena, tendrán que acreditar que de estos 35 años, al menos 6 de ellos, dentro de los últimos 10 cotizados, pertenecen a la actividad especial del régimen agrario. También serán computables los periodos en que hayan recibido prestaciones por desempleo de nivel contributivo del SEPE.
- En el caso de ser trabajador a tiempo parcial, se aplicarán las reglas establecidas en el Real Decreto-ley 11/2013 de 2 de agosto para poder acreditar los 35 años cotizados.
¿Qué modalidades de jubilación anticipada existen?
En este artículo hemos explicado todo lo relativo a la jubilación anticipada de carácter general, que es voluntaria por parte del trabajador. Dentro de la modalidad anticipada voluntaria, también podemos encontrar estos tipos:
- Jubilación anticipada por razón del grupo o actividad profesional. Para trabajos de naturaleza peligrosa o tóxica. Se incluyen en esta modalidad: minería, trabajos aéreos, artistas, profesionales taurinos, trabajadores ferroviarios, bomberos, policías locales y miembros del Cuerpo de la Ertzaintza.
- Jubilación anticipada de trabajadores con discapacidad.
- Jubilación anticipada sin tener la condición de mutualista.
- Jubilación anticipada por tener la condición de mutualista.
Habría, a parte de estas, una modalidad de jubilación anticipada que no sería por voluntad del trabajador, se trata de la jubilación forzosa. Te contamos todo lo que tienes que saber sobre ella en el siguiente enlace:
¿Cuánto se cobra en mi pensión de jubilación anticipada?
En 2021 se tendrán en cuenta para el cálculo de la pensión de jubilación los últimos 24 años cotizados. El sueldo percibido durante este periodo será la cifra que nos sirva para calcular la base reguladora de la pensión, que es la suma de las bases de cotización en este periodo.
Si te jubilas antes de tiempo de forma voluntaria, debes saber que esto te supondrá una penalización económica: el coeficiente reductor.
El coeficiente reductor es un porcentaje que se resta a tu pensión en base al número de trimestre, o fracciones de trimestre, que te falten para cumplir la edad legal establecida de jubilación: 66 años. Este porcentaje de reducción puede ir de el 2% por trimestre hasta el 1,625%, según el periodo que hayas cotizado.
Para calcular la prestación de jubilación que te corresponde, deberás aplicar a la base reguladora el porcentaje general según los años cotizados, y a esto el coeficiente reductor que te corresponda.
Veamos los coeficientes reductores en función del periodo de cotización que define el sistema de la Seguridad Social:
- Coeficiente del 2 por 100 por trimestre cuando se acredite un período de cotización inferior a 38 años y 6 meses.
- Coeficiente del 1,875 por 100 por trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a 38 años y 6 meses e inferior a 41 años y 6 meses.
- Coeficiente del 1,750 por 100 por trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a 41 años y 6 meses e inferior a 44 años y 6 meses.
- Coeficiente del 1,625 por 100 por trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a 44 años y 6 meses.
Información obtenida de: www.seg-social.es
Por lo tanto, si te preguntas si perderás dinero si anticipas tu jubilación, la respuesta es un sí contundente.