Bono Social: Cómo solicitar este descuento en nuestra factura de la luz
El Bono Social o Bono Social Eléctrico es un descuento que se aplica a la factura de luz de aquellos hogares que lo soliciten. Este descuento o ayuda esta aprobada por el Gobierno de España en conjunto con las comerciales eléctricas. Te contamos cómo puedes solicitar el Bono de electricidad, cuales son sus requisitos y quienes pueden beneficiarse de este descuento.
¿Qué es el Bono Social Eléctrico?
El Bono Social de electricidad es un descuento aplicado en la factura de la luz para aquellas familias vulnerables o en riesgo de exclusión social. El descuento a aplicar es del 25% al 50% del total, en la factura de La Luz.
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Todas aquellas personas o familias que reunan los requisitos pueden solicitarlo y la misma figura en el registrada en el Real Decreto 897/2017.
Es bueno conocer cómo puedes solicitar este Bono Social por que según un estudio muchas familias tienen derecho a solicitarlo y no han hecho uso de él.
Requisitos para solicitar este Bono
Para poder acceder a este descuento se deberán de ser personas las cuales se encuentren en riesgo de exclusión social, en las que podemos mencionar:
Personas y familias con leve Riesgo de Exclusión Social
Aquellas personas que se encuentren dentro de este apartado contarán con un descuento del 25% en la factura de La Luz.
- Que las rentas anuales sean inferiores a los indicadores IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). El IPREM anual (2018) se sitúa en 7.519,59 € repartidos en 14 pagas.
- Aumentará el porcentaje en 1,5 veces el IPREM cuando no se forme unidad familiar o no exista menores a su cargo
- Incrementará 2 veces el valor del IPREM cuando exista un menor a cargo en la unidad familiar.
- Elevará esta cantidad a 2,5 veces el valor del IPREM cuando en la familia exista dos hijos menores a cargo.
Pensionistas que perciban la pensión mínima ya sea por Jubilación o por invalidez permanente.
Las familias numerosa también podrán beneficiarse de esta medida sin ningún tipo de excepción.
Personas y familias con grave Riesgo de Exclusión Social
Se bonificará con un descuento en la factura de La Luz del 40 % a aquellas personas que reinan los siguientes requisitos:
- Que por su nivel de renta, esta sea inferior al 50% del indicador IPREM (3.759,795 euros en 14 pagas).
- Cuando en la vivienda todos sean pensionistas y estos perciban la pensión mínima, ya sea por jubilación o invalidez permanente y que la renta sea inferior al valor del IPREM.
- Familias numerosa, cuando el indicador del IPREM sea inferior a dos veces su valor.
Personas y familias con Riesgo de Exclusión Social muy grave
A estas personas contarán con una bonificación del 50% en el importe de la factura de luz. Este grupo son las personas las cuales se encuentran en un umbral de pobreza muy alto.
Recordar que aquellas personas que soliciten el Bono Social de luz deberán ser los titulares del contrato eléctrico.La clasificación puede variar y presentarse en otros portales de internet como consumidor vulnerable, severo o severo en riesgo de exclusión social
¿Qué personas pueden beneficiarse del Bono Social de luz?
Se pueden beneficiar de esta medida aquellas personas que reuniendo los requisitos tenga contratado la tarifa eléctrica PVPC (ya sea en sus modalidades de sin o con discriminación horaria) y tengan una potencia igual o inferior al 10kW.
Recalcar que este tipo de medidas compensatorias es para vivienda de uso habitual, por lo que no podemos beneficiarnos de ella si para, por ejemplo, un piso destinado al alquiler.
¿Existen límites de consumo en este Bono Social?
Sí, pero solamente para los casos leves y graves, es decir, para aquellos descuentos de entre el 25% y el 40%. Si superamos esos limites establecidos la posterior energía que consumamos se aplicará nuestra tarifa.
[su_box title=»¿Cuales son esos límites?» box_color=»#ff6600″]
- Pensionistas: 1.680 kWh de electricidad consumida al año.
- Familias numerosas: 3.600 kWh/año.
- Consumidores sin menores a cargo: 1.200 kWh/año.
- Consumidores con un menor a cargo: 1.680 kWh/año.
- Consumidores con dos menores a cargo: 2.040 kWh/año.
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Documentación necesaria
Te contamos que documentación es necesaria para solicitar el Bono Social Electricidad:
[su_box title=»Documentación» box_color=»#ff6600″]
- Documento Nacional de Identidad DNI o NIE de la persona que figura como titular del contrato de luz.
- Libro de familia.
- DNI de los miembros de la familia que sean mayores de 14 años.
- Certificado de empadronamiento en la vivienda de todos los miembros de la familia.
- Título de familia numerosa, en el caso de que así sea.
- Declaración de la Seguridad Social de que, en caso de ser pensionista, se percibe pensión mínima.
- Certificado de la Seguridad Social si algún miembro de la familia tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
- Certificado de los Servicios Sociales en caso de que existan víctimas del terrorismo o de violencia de género en la unidad familiar.
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¿Donde envio la documentación?
Cuando tengas toda la documentación renunida puedes presentarla de varias maneras: por internet, por correo o a través de la oficina de la empresa donde tengas contratadas La Luz.
Por internet
Deberás de entraR en la web oficial donde tengas contratados tus servicios eléctricos, descargarte su formulario, rellenarlo y presentarlo. Para haceros un poco más fácil la búsqueda de la información y no perder tanto tiempo os dejamos algunos enlaces donde podréis enviar vuestra documentación para que os aprueben este Bono Social.
Comercializadora de Referencia | Teléfono | Dirección web | Dirección postal | Fax | Correo Electrónico |
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Endesa Energía XXI, S.L.U. | 800 760 333 | Endesa | Aptdo. Correos 1.167, 41080 Sevilla | No disponible | |
Iberdrola Comercialización deÚltimo Recurso, S.A.U. | 900 200 708 | Iberdrola | Aptdo. Correos 61.017, 28080 Madrid | No disponible | |
Gas Natural S.U.R., SDG, S.A. | 900 100 283 | Gas Natural | Aptdo. Correos 61.084 28080 Madrid | 934630906 | |
EDP Comercializadora de Último Recurso, S.A. | 900 902 947 | EDP | Aptdo. Correos 191 33080 Oviedo | 984115538 | |
Viesgo Comercializadora de referencia, S.L. | 900 10 10 05 | VIESGO | Aptdo. Correos 460, 39080 Santander | 910911464 | |
CHC Comercializador de Referencia S.L.U. | 900 814 023 | CHC | Apartado de Correos: F. D. Nº 90 // 3300010 – 33080 Oviedo | 984115538 | |
Teramelcor, S.L.* | 800 00 79 43 | Teramelcor | Aptdo. Correos 6 52006 Melilla | 951481180 | |
Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Comercialización de Referencia, S.A.** | 900 103 306 | Alumbrado Ceuta | Aptdo. Correos 13, 51080 Ceuta | 956519534 |
Presentando la documentación en tu Oficina Eléctrica
Puedes también presentar toda la documentación a través de la oficina más cercana donde tengas contratados tus servicios eléctricos.
Realizar esta trámite por esta vía nos garantiza que la documentación este perfectamente entregada pero seguramente tengas que hacer algo de cola.
Por Correo
Si lo prefieres puede enviar tu documentación a través de tu oficina de correos más cercana y enviarlo.
Recuerda que este tramite es mucho más lento debido a que hasta que la documentación llega a su destino puede pasar varios días.
Ya soy beneficiario del Bono Social ¿Tengo que hacer algo más?
Si ya contabas con el Bono Social deberás de nuevamente solicitarlo con tus nuevos requisitos. Con el nuevo decreto y tras pasar varios años, las compañías eléctricas deben de asegurarse de que siguen cumpliendo los requisitos.
Tienes de plazo hasta el 8 de octubre de 2018 para acreditar que sigues reuniendo los requisitos para percibir esta bonificación.
Si no lo haces, seguirás percibiendo tu descuento actual pero a partir del 8 de octubre ya no recibirás ninguna bonificación.
¿Que otros beneficios tiene el contar con el bono social?
- Uno de los grandes beneficios de tener el Bono Social es la simplicidad de la factura, solo pagas por lo que consumes, sumando los impuestos y peajes pero no se te incluirán servicios adicionales.
- Otro de los grandes beneficios es que contamos con un mayor tiempo para pagar facturas impagadas. En concreto contamos con 4 meses, desde la notificación del impago, anteriormente estaba en dos meses.
Referencias: Bono social por el Ministerio de Industria y Energía
¿Tienes dudas ? Deja tu comentario y te responderemos a la mayor brevedad posible. Además, cuentas con botones sociales para combatir esta información con aquellas personas que desean solicitar el Bono Social y no sabe cómo.
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