Prestación por Desempleo

Si estás en situación de desempleo o «paro», existen una serie de ayudas a las que tienes derecho a acogerte, siempre y cuando reúnas los requisitos. Te contamos cuáles son tanto si has cotizado lo suficiente a la Seguridad Social como si no.
¿QUÉ EXPLICAMOS EN ESTE ARTÍCULO?
- 1 ¿Qué es la prestación por desempleo?
- 2 ¿Cuáles son las prestaciones por desempleo que existen?
- 3 ¿Quién tiene derecho a cobrar el paro?
- 4 ¿Cómo solicito el paro?
- 5 ¿Cuánto se cobra de paro?
- 6 ¿Cómo calculo mi paro?
- 7 ¿Durante cuánto tiempo voy a cobrar el paro?
- 8 Subsidio por desempleo
- 9 Ayudas extraordinarias por desempleo
¿Qué es la prestación por desempleo?
La prestación por desempleo es una ayuda que se otorga al trabajador o trabajadora que haya perdido su empleo. Existen diversas prestaciones en función del tiempo cotizado, de cómo ha perdido el trabajador su empleo u otros factores más específicos que te explicaremos a continuación.
Por lo general, cualquier trabajador tendrá derecho a la prestación por desempleo siempre y cuando haya cesado su labor en la empresa de forma involuntaria, es decir, que se deba a un despido improcedente, contrato temporal o finalización o suspensión del contrato laboral por parte de la empresa, entre otros.
¿Cuáles son las prestaciones por desempleo que existen?
Existen varias ayudas, subsidios o prestaciones que puedes solicitar si has perdido tu empleo. Inicialmente el trabajador tendrá derecho a la prestación contributiva por desempleo, más conocida como «paro”. Una vez que agote esta prestación, si sigue sin encontrar empleo, éste podrá acogerse a otras ayudas, como pueden ser los subsidios por desempleo o las ayudas extraordinarias (ayudas posteriores al subsidio).
Existen tres tipo de prestaciones:
- La prestación contributiva, “el paro”.
- Subsidio por Desempleo.
- Las ayudas extraordinarias.
¿Quién tiene derecho a cobrar el paro?
Para poder cobrar el paro o la ayuda por desempleo lo interesados deberán reunir una serie de condiciones. Éstas como hemos dicho anteriormente determinarán cuánto vamos a cobrar y durante cuánto tiempo.
En general, para poder cobrar el paro debemos reunir los siguientes requisitos:
- Que perdamos nuestro empleo de manera involuntaria: quiere decir que la pérdida de nuestro empleo sea ajena a nuestra voluntad. Este caso puede ser, un despido por parte de la empresa o por la finalización de un contrato.
- El siguiente requisito imprescindible para poder cobrar el desempleo es estar inscrito cómo demandante de empleo. Además, deberemos de suscribirnos al compromiso de actividad en el SEPE (Servicio Estatal de Empleo). Este servicio es un programa por el cual tendremos la obligación de acudir a las entrevistas de trabajo, cursos de formación o todas aquellas acciones encaminadas a que el desempleado pueda encontrar una oportunidad laboral y de esta forma incorporarse al mercado laboral.
- Otro de los requisitos fundamentales será tener al menos 360 días cotizados en los últimos seis años.
- No haber cumplido la edad ordinaria por la cual el trabajador tenga derecho a solicitar la pensión contributiva de jubilación. Para este caso se tendrá en cuenta tanto las pensiones en su modalidad contributiva como no contributivas.
Existen otros requisitos por los cuales no tendremos derecho a optar la prestación por desempleo como puede ser que estemos en la edad de jubilación o que el interesado esté cobrando una prestación por la Seguridad Social la cual haga que sean incompatibles para cobrar el paro.
¿Cómo solicito el paro?
Podemos solicitar el paro durante los 15 días hábiles, tras haber finalizado nuestro trabajo en la empresa. Normalmente es muy recomendable acudir a las oficinas de empleo con la mayor premura posible. Decimos que debemos acudir lo más pronto posible porque si se nos pasaran estos 15 días perderíamos nuestro derecho a solicitarlo.
Para poder solicitar la prestación contributiva deberemos aportar la siguiente documentación:
- Modelo solicitud prestación contributiva, la cual deberá estar debidamente cumplimentada y en las cual deberemos de hacer referencia a: nuestra renta, cuántos hijos tenemos a nuestro cargo, nuestros datos bancarios (dónde queremos que nos ingresen el paro).
- El compromiso de actividad del SEPE y del cual os detallamos más arriba de esta entrada.
- Autorización para que la Agencia Tributaria (AEAT) pueda acceder a nuestros datos.
- Documento Nacional de Identidad (DNI) o si fuera en el caso de persona extranjera Tarjeta de Residencia (NIE o TIE).
- Documento que acredite la perdida de empleo de manera involuntaria. Puede ser la carta de despido o documento similar por el cual se demuestre dicha situación.
- Certificado de Empresa.
- Libro de Familia (en el caso en el que contemos con una unidad familiar).
Para solicitar el paro podemos hacerlo a través de:
- De manera presencial en las Oficinas de Empleo. Debemos de contar con cita previa para poder ser atendidos.
- Por correo administrativo a través de las oficinas de Correos.
- A través de la Oficina Virtual del SEPE | Sede electrónica.
¿Cuánto se cobra de paro?
Para realizar el cálculo de la prestación por desempleo, el SEPE tiene en cuenta los tres últimos meses trabajados (180 días).
Cobraremos el 70% de la Base Cotizada durante los primeros seis meses, pasado ese tiempo percibiremos el 50% hasta la finalización de la prestación.
¿Cómo calculo mi paro?
Tenemos que saber que existe un mínimo y máximo a la hora de cobrar la mensualidad de nuestro paro.
Existe una prestación mínima, la cual se sitúa en el 80% del IPREM, siendo para este año 2018 en 537,84 Euros. Si contamos con hijos a nuestro cargo esa cantidad aumentará un 7% (107%) pudiendo llegar a la cantidad de 671 Euros aproximadamente.
Para las prestaciones máximas la ley establece un máximo el 175% de IREM siendo esta una cantidad de 1.098 Euros. Esta cantidad también aumentará si contamos con hijos a nuestro cargo, siendo del 200% del IPREM (1.254,96 Euros) para aquellos parados que cuenten con un hijo y del 225% IPREM (1.411 Euros ) si cuentan con dos o más hijos.
NOTA: Tienes que pensar que los datos aportados son aproximados y que debemos descontar el 4,7% (Base Reguladora) de lo que cobremos para pagar las cotizaciones a la Seguridad Social y las retenciones del IRPF.
Importe mínimo de la prestación contributiva
- Sin hijos 501,98 €
- Con hijos 671,40 €
Importe máximo de la prestación contributiva
- Sin hijos 1.098,09 €
- Un hijo 1.254,96 €
- Dos hijos o más 1.411,83 €
¿Cómo calculo mi paro?
Si necesitas calcular tu paro en base a los datos que te hemos proporcionado, os dejamos el siguiente enlace oficial al SEPE para que puedas calcular tu prestación contributiba.
¿Durante cuánto tiempo voy a cobrar el paro?
Para conocer durante cuánto tiempo cobrare el paro, tenemos que echar mano a los días que hayamos cotizado. Por regla, podremos esta cobrando el paro durante dos años. Este es el tiempo máximo.
Si fuera el caso de que parte de esos días cotizados los hubiéramos hecho con un contrato a tiempo parcial, debemos saber que un día trabajo a tiempo parcial será considerado como un día trabajado, sin importar la duración de la jornada, siempre y cuando se trabaje al menos 5 días a la semana. Si trabajamos menos de cinco días a la semana entonces debemos aplicar el coeficiente regulador, siendo este de 1,4 puntos.
Os dejamos un tabla de referencia para que podáis conocer mejor cuanto tiempo os corresponde de paro según los días trabajados.
Días Cotizados | Días de Prestación |
Desde 360 hasta 539 días | 120 días |
Desde 540 hasta. 719 días | 180 días |
Desde 720 hasta 899 días | 240 días |
Desde 900 hasta 1.079 días | 300 días |
Desde 1.080 hasta 1.259 días | 360 días |
Desde 1.260 hasta 1.439 días | 420 días |
Desde 1.440 hasta 1.619 días | 480 días |
Desde 1.620 hasta 1.799 días | 540 días |
Desde 1.800 hasta 1.979 días | 600 días |
Desde 1.980 hasta 2.159 días | 660 días |
Desde 2.160 días | 720 días |
Subsidio por desempleo
Para aquellas personas que no han cotizado esos 365 días el SEPE dispone de una serie de ayudas o subsidios por desempleo conocidas como las prestaciones no contributivas.
El subsidio por desempleo es considerado una prestación no contributiva por qué no hace falta tener ese mínimo de 365 días cotizados para solicitarla.
Cuáles son los subsidios por desempleo
Existen diversas ayudas para los desempleados, dependiendo de los requisitos que tengamos podremos acceder a una u otra. Entre éstas se encuentran las siguientes:
- La ayuda familiar.
- La Renta Agraria.
- Subsidio Agrario.
- Subsidio por mejoría de una invalidez.
- Subsidio por insuficiencia de cotización.
- Subsidio para los liberados de prisión.
Qué requisitos debo reunir para solicitar el subsidio
Para poder optar a solicitar el subsidio para parados, deberás contar con:
- No tener rentas superiores el 75% del Salario Mínimo Interprofesional situándose en el 2018 en 551,92 Euros.
- Debemos de estas inscritos como demandantes de empleo en nuestra Comunidad Autónoma.
- Ser parado o estar en situación legal de desempleo hayas agotado la prestación contributiva o no.
- Contar con los requisitos específicos si se tratase de un subsidio especial, como por ejemplo el nuevo Subsidio Extraordinario para Desempleados (SED).
Cómo solicitar el subsidio por desempleo
Existen dos formas de solicitar el subsidio por desempleo cuando hemos dejado de cobrar el paro o cuando no llegamos a cotizar suficiente y por lo tanto no tendremos derechos a cobrarlo.
- Si hemos agotado el paro para solicitar el subsidio por desempleo debemos esperar un mes para poder solicitar esta prestación.
- Si por el contrario no tenemos derecho a cobrar el paro disponemos de un plazo de 15 días desde que finalizamos la actividad en la empresa para poder pedirlo.
¿Cuánto se cobra de subsidio?
El importe de subsidio va modificándose cada año ya que va regulado por el IPREM. Para este año 2018 aquellas personas que soliciten el subsidio por desempleo cobrarán la cantidad de 430,27 Euros (80% del IPREM 2018).
Ayudas extraordinarias por desempleo
Si has agotado el paro y los subsidios por desempleo, el SEPE además proporciona las ayudas extraordinarias por desempleo, una cobertura para aquellos parados de larga duración que no encuentran empleo.
Son cuatros las ayudas extraordinarias por desempleo:
- Subsidio Extraordinario por Desempleo
- El Plan Prepara
- El Programa Extraordinario de Activación para el Empleo (Programa PAE)
- La Renta Áctiva de Inserción
Estos programas van dirigidos a parados de larga duración y buscan que gracias a programas de formación estos puedan reinsertarse al mercado laboral a la vez que están cobrando una prestación mensual.
Para cada ayuda o Subsidio Extraordinario por Desempleo se deben de cumplir una serie de requisitos, además de una serie de obligaciones para poder seguir cobrando este tipo de prestaciones. Si quieres saber más sobre cómo solicitarlas o cuantías, os dejamos los siguientes enlaces.
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