La regulación de las pensiones no contributivas se encuentra en el Real Decreto 357/1991, publicado en este Boletín Oficial del Estado (BOE). Estas pensiones son gestionadas por las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso).

Tipos de pensiones no contributivas

Existen dos tipos principales de pensiones no contributivas en España: la pensión no contributiva por jubilación y la pensión no contributiva por invalidez.

  1. Pensión no contributiva por jubilación: Esta pensión se otorga a las personas que alcanzan la edad legal de jubilación, que en la actualidad está fijada en 65 años.
  2. Pensión no contributiva por invalidez: Está destinada a personas con edades comprendidas entre los 18 y 65 años que presentan un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Requisitos para acceder a estas prestaciones

Los requisitos para acceder a una pensión no contributiva, ya sea por jubilación o invalidez, pueden variar, pero hay algunos requisitos comunes que se aplican a ambas:

  1. Residencia en territorio español: Los solicitantes deben haber residido en territorio español durante un período de cinco años, de los cuales al menos dos deben ser consecutivos y anteriores inmediatamente a la fecha de la solicitud.
  2. Carencia de ingresos suficientes: Es necesario carecer de ingresos suficientes para mantenerse económicamente.

En 2024, el límite de ingresos para acceder a cualquier pensión no contributiva es de 7.250,60 euros anuales. Sin embargo, si los ingresos anuales son inferiores a esta cantidad y se convive con familiares, el requisito se cumple solo si la suma de los ingresos anuales de todos los miembros de la unidad económica de convivencia es inferior a ciertas cuantías específicas:

A continuación, detallaremos los requisitos específicos para cada tipo de pensión no contributiva.

Requisitos para la pensión no contributiva de jubilación

Para solicitar la pensión no contributiva de jubilación, se deben cumplir los siguientes requisitos:

Requisitos para la pensión no contributiva de invalidez

Para solicitar la pensión no contributiva por invalidez, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

Ahora que hemos analizado los requisitos para acceder a las pensiones no contributivas, profundicemos en las cuantías que los beneficiarios pueden esperar recibir en el año 2024.

Cuantías

La cuantía de la pensión no contributiva varía en función de las rentas personales del solicitante y de la unidad económica de convivencia. Para el año 2024, estas oscilarán entre los 7.250,60 euros y los 1.812,65 euros anuales. Los beneficiarios reciben estas prestaciones en 14 pagas, que incluyen 12 mensualidades y dos pagas extraordinarias, una en junio (verano) y otra en noviembre (Navidad).

En términos mensuales, la cuantía íntegra es de 517,90 euros mensuales, y la cuantía mínima del 25 % equivale a 129,48 euros al mes. Los beneficiarios nunca recibirán menos que esta cantidad, independientemente de su situación económica.

En el caso de las pensiones no contributivas por invalidez, otorgadas a personas con un grado de discapacidad igual o superior al 75 %, y que demuestren necesitar asistencia para llevar a cabo sus actividades diarias esenciales, recibirán la cuantía íntegra más el 50 %. En 2024, esto se traduce en una suma total de 10.875,90 euros anuales o 776,85 euros mensuales.

A continuación, presentamos una tabla que detalla las cuantías para 2024:

Tipo de PensiónCuantía AnualCuantía Mensual
Pensión No Contributiva7.250,60 euros517,90 euros
Pensión No Contributiva con Discapacidad ≥ 75%10.875,90 euros776,85 euros

Cuando en una misma familia conviven más de un beneficiario de pensión no contributiva, la cuantía íntegra individual para cada uno de ellos se establece de la siguiente manera:

Es importante tener en cuenta estas cuantías para comprender cuánto se puede recibir en función de la situación familiar y de discapacidad.

Obligaciones para mantener la pensión no contributiva

Para conservar el derecho a recibir la pensión no contributiva, el IMSERSO establece una serie de obligaciones para los beneficiarios. Según lo establecido en el artículo 372 del Real Decreto Legislativo 8/2015 y el artículo 16.2 del Real Decreto 357/1991, las personas que reciben una pensión no contributiva deben presentar una declaración de ingresos y rentas de su unidad económica de convivencia correspondientes al año anterior. Esta declaración debe ser presentada durante el primer trimestre del año, antes del 31 de marzo.

La no presentación de esta declaración en el plazo indicado puede resultar en la suspensión de la pensión. Para recuperarla, es necesario presentar la declaración y demostrar nuevamente que se cumplen los requisitos.

Es importante destacar que si se recupera la pensión, se puede reclamar con efecto retroactivo hasta 90 días desde la fecha de presentación de la declaración. La declaración anual de renta se puede presentar a través de la Sede Electrónica del IMSERSO, a la cual se puede acceder desde el siguiente enlace: Sede Electrónica del IMSERSO.

Incompatibilidades

Es importante tener en cuenta que las pensiones no contributivas son incompatibles entre sí. Esto significa que no se puede recibir simultáneamente una pensión de jubilación y una de invalidez. También son incompatibles con las pensiones asistenciales reguladas en la Ley 45/1960, de 21 de julio.

En cambio, la pensión no contributiva por invalidez es compatible con el salario por trabajo, siempre y cuando no se supere el límite anual de 14.450,60 euros. Este límite se calcula sumando la cuantía de la pensión no contributiva y el indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM). Si los ingresos superan este límite, la pensión se reduce para garantizar que no se exceda el límite establecido.