El subsidio por insuficiencia de cotización es una prestación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para trabajadores que han perdido su trabajo y que aun habiendo cotizado no tienen derecho a la prestación contributiva por desempleo, más conocida como el paro. Para poder acceder a esta prestación, los desempleados deben cumplir una serie de requisitos, que en función de estos la ayuda tendrá una mayor o menor duración.
Con la entrada de la reforma de los subsidios por desempleo regulado bajo el Real Decreto 2/2024, que se puede consultar en este Boletín Oficial del Estado han cambiado. Por un lado, aumenta su cuantía de manera inicial, permite la compatibilidad con un trabajo y una vez agotada se podrá acceder al Ingreso Mínimo Vital, siempre que se cumpla con los requisitos establecidos.
Requisitos
Para acceder al subsidio por cotización insuficiente es necesario cumplir con estos requisitos, los cuales viene explicado en la web del SEPE:
Estar en paro y dado de alta como demandante de empleo.
Firmar el compromiso de actividad, es decir, si el SEPE llama para hacer algún curso de formación o una entrevista de trabajo, el beneficiario no puede negarse.
Haber cotizado por desempleo durante 90 días en el caso de tener cargas familiares o 180 días si no se tienen, pero teniendo menos de 360 días por desempleo, ya que en este caso se tendría derecho a paro.
No tener ingresos de ningún tipo que sean de más del 75% del Salario Mínimo Interprofesional, sin contar la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias. En 2025, esta cuantía se sitúa en los 850,5 euros al mes.
Hay que tener claro que para acceder al subsidio el SEPE exige tener cotizaciones por desempleo, que no es lo mismo que las cotizaciones a la Seguridad Social. El SEPE explica en su web que cotizan por desempleo todos los trabajos realizados por trabajadores por cuenta ajena, incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, el Sistema Especial Agrario y el Régimen de Trabajadores del Mar, así como los contratos de formación.
Cuantía y Duración
A partir del 1 de noviembre de 2024, han entrado en vigor las nuevas cuantías para el subsidio por cotizaciones insuficientes y el subsidio por agotamiento del paro. Las cuantías del subsidio se estructurarán en tres tramos decrecientes, siendo los siguientes:
A partir del día 361: la ayuda se ajustará al 80% del IPREM, es decir, a 480 euros mensuales, que es el monto habitual para estos subsidios.
Primeros 180 días: el subsidio será equivalente al 95% del IPREM, resultando en una ayuda mensual de 570 euros.
Siguientes 180 días y hasta su agotamiento: la cuantía se reduce al 90% del IPREM, lo que equivale a 540 euros al mes.
La duración dependerá de las cotizaciones por desempleo y de si tiene o no cargas familiares. En la siguiente tabla se puede consultar, teniendo en cuenta, que el subsidio se aprueba por un periodo de seis meses, prorrogables otros seis meses y así hasta encontrar trabajo o consumir la duración máxima.
Período mínimo de ocupación cotizada
Responsabilidades familiares
Duración máxima del subsidio
90 días
No
3 meses
120 días
No
4 meses
150 días
No
5 meses
180 días
Sí
21 meses
En el caso de trabajos a tiempo parcial, se tendrá en cuenta el período en alta laboral independientemente de la jornada o de si los días trabajados son completos o parciales. No se computarán los períodos de inactividad en empleos de carácter fijo-discontinuo.
¿Qué documentación debo presentar?
Modelo oficial de solicitud del subsidio.
Documentos de identificación de la persona solicitante y de los hijos o hijas que convivan con ella o estén a su cargo y que figuren en la solicitud.
Certificado de empresa en el que se acredite la situación legal de empleo.
En situaciones que el certificado de empresa no fuera necesario para acreditar la situación legal de empleo, documento que lo demuestre.
Si la oficina de empleo lo pide, un justificante de las rentas.
Cuándo hay que solicitar el susbidio
Para solicitar el subsidio por desempleo, es importante cumplir con los plazos establecidos. La alta inicial del subsidio debe gestionarse dentro de los seis meses posteriores a la última situación de desempleo (hecho causante). Si la solicitud se presenta fuera de este plazo, será denegada.
Si el subsidio se solicita en los primeros quince días hábiles después del hecho causante, comenzará al día siguiente de dicha fecha. En cambio, si la solicitud se realiza dentro de los seis meses, pero pasados los primeros quince días hábiles, el derecho al subsidio solo se activará a partir de la fecha de solicitud, sin días retroactivos.
Para los casos de responsabilidades familiares, es posible acceder al subsidio fuera del plazo habitual si dentro de los 300 días posteriores al hecho causante el solicitante tiene un hijo. En este caso, se dispone de hasta seis meses desde la fecha de nacimiento del hijo para presentar la solicitud, y el derecho al subsidio comenzará desde la fecha de la solicitud.
Si el solicitante ha trabajado durante el periodo de desempleo, es necesario que el último cese laboral haya sido involuntario para poder acceder al subsidio. Esto aplica tanto para empleos por cuenta propia como por cuenta ajena.
El subsidio se concede en periodos trimestrales prorrogables, por lo que cada tres meses es necesario solicitar la prórroga y presentar la documentación que confirme el cumplimiento de los requisitos. Esta prórroga debe gestionarse en los quince días hábiles tras cada trimestre. Si la prórroga se solicita fuera de plazo, el subsidio se reactivará a partir de la fecha de solicitud, siempre que esté dentro de los seis meses siguientes al fin del periodo.
En caso de que la prórroga se pida después de los seis meses, la solicitud será denegada, salvo que el solicitante estuviera trabajando el último día del plazo. En esta situación, se concede un plazo adicional de quince días después de la finalización del trabajo, siempre que el cese sea involuntario o en situación legal de desempleo.
Dónde solicitar el subsidio por insuficiencia de cotización
Pidiendocita previa para ser atendido presencialmente en las oficinas de prestaciones del SEPE.
Utilizar el formulario de pre-solicitud para tramitarlo a través de internet sin necesidad del Certificado digital.
A través de los teléfonos de gestión del SEPE.
¿Se consumen cotizaciones?
Sí, al solicitar este subsidio, se “consumen” las cotizaciones acumuladas, es decir, se ponen a cero, lo cual puede influir en la decisión de solicitar este subsidio o esperar a alcanzar 360 días cotizados para optar por la prestación contributiva.
Ejemplo de caso
Si alguien ha cotizado 8 meses sin responsabilidades familiares, podrá recibir un subsidio por 6 meses. Si en lugar de esto opta por esperar y acumula cuatro meses más de cotización, podría optar por la prestación contributiva.