Ingreso Mínimo de Solidaridad en Castilla-La Mancha

El Ingreso Mínimo de Solidaridad se aprobó desde el pasado 2 de enero de 2018, en Castilla-La Mancha. El cobro de esta ayuda busca facilitar la inserción social a las familias que carecen de recursos económicos. Te contamos como puedes solicitarla, donde se presenta la solicitud y que requisitos son necesarios para que sea aceptada.

¿Qué es el Ingreso Mínimo de Solidaridad?
El Ingreso Mínimo de Solidaridad (IMS) es en una ayuda económica que se cobra de forma periódica temporal, de 6 a 24 meses, de la mano de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Esta prestación está destinada a familias que no posean suficientes recursos económicos para la atención de sus necesidades básicas cotidianas, posibilitando así la salida de las situaciones de exclusión social en las que estás familias se puedan encontrar.
El IMS se concede por un plazo de 6 meses prorrogables. Después de este periodo, se pueden suceder renovaciones de periodos de otros 6 meses, siendo obligatorio que transcurran 3 meses de interrupción entre cada renovación. La percepción de esta ayuda puede extenderse hasta un total de 24 meses.
Para que tenga lugar tal renovación, hay 2 condiciones indispensables:
- Que se mantengan los requisitos previos de concesión.
- Que la solicitud de la renovación se formule en los 2 primeros meses de la interrupción.
¿Cuánto se cobra con el IMS?
La cantidad que se cobrará mensualmente depende del número total de miembros que componen la unidad familiar, así como de los recursos económicos de los que se disponga.
El importe máximo que se podrá cobrar equivale al 55% del salario mínimo interprofesional (SMI que en 2018 es de 735,90 euros). Es decir, 404,74 euros en aquellas unidades familiares que estén formadas por una sola persona. A esto se sumará un complemento de un 6,6% del SMI, 48,56 euros más, que se aplicará por cada miembro de la unidad familiar superior a uno.
¿Cuando se cobra el Renta Mínima de Solidaridad en Castilla La Mancha?
Si nos han aceptado esta prestación debemos de saber que siempre la cobraremos a mes vencido. ¿Que quiere decir esto? Que si por ejemplo, nos han aprobado este salario social un 13 de noviembre, la primera mensualidad la cobraremos el 1 de noviembre. Los pagos siempre suelen realizarse entre los días 1 y 5 de cada mes.
Hay casos en los que puede demorarse un mes pero, no te preocupes, porque normalmente si esto llegase a ocurrir, para el siguiente mes cobraras los atrasos generados.
Requisitos para cobrar el Ingreso Mínimo de Solidaridad en Castilla-La Mancha
Para beneficiarse de la prestación que concede Castilla-La Mancha, es necesario cumplir determinados requisitos:
- Tener una edad de entre 25 y 64 años, excepto aquellos que tengan menores o personas que presenten discapacidad a su cargo.
- Estar empadronado con dos años de antigüedad y residir en Castilla-La Mancha, o ser emigrante retornado en su caso.
- No poseer medios económicos suficientes.
- Haber constituido una unidad familiar de carácter independiente al menos un año antes de la solicitud, con excepción de aquellos que tengan menores o personas con discapacidad a su cargo.
- Encontrarse inscrito como demandante de empleo, excepto en la situación de mujeres víctimas de violencia doméstica, violencia de género.
¿Cómo se tramita la solicitud para el Ingreso Mínimo de Solidaridad?
Las personas interesadas en percibir esta ayuda del IMS deben presentarse en los servicios sociales de atención primaria del municipio en el que residan, donde el trabajador social que le atienda le prestará información y asesoramiento sobre su posibilidad de acceder a esta subvención.
Es posible presentar la solicitud de dos formas:
- A través del envío telemático mediante el formulario de la sede electrónica de la junta de comunidades de Castilla-la mancha en esta dirección:
- Personándose en el registro de los servicios centrales de la consejería competente en servicios sociales, así como también en el de sus direcciones provinciales.
¿Que documentación necesito presentar?
Junto a la solicitud de la ayuda del Ingreso Mínimo de Solidaridad, hay que presentar la siguiente documentación:
- Certificado de empadronamiento en el que conste la residencia del solicitante, sus familiares y fecha de alta en el padrón municipal.
- Certificado bancario del solicitante referente al saldo medio de los 90 días anteriores a la solicitud de la prestación, así como valor del trimestre anterior de su capital mobiliario.
- Certificado actualizado de posibles pensiones, prestaciones, haberes o subsidios que puedan percibir los diferentes componentes de la unidad familiar, expedido por el organismo competente.
- En aquella situación en la que no se pueda aportar documentación específica referente a ingresos, patrimonio de la unidad familiar o rentas, aportar una declaración responsable sobre estos.