Renta Agraria
La Renta Agraria es una ayuda del SEPE ofrece un empujón económico a los andaluces y extremeños que se encuentren sin trabajo y ya hayan agotado la prestación por desempleo, siempre y cuando se encuentren en la situación de trabajadores temporales en el SEASS.
¿En qué consiste la Renta Agraria?
La Renta Agraria es una ayuda para desempleados por desempleo cuyo objetivo son aquellos trabajadores eventuales que se encuentran incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social (SEASS).
Está prestación proviene del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) y va destinada a los residentes de las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura, quienes pueden solicitarla una vez agotada la prestación por desempleo cumpliendo unos requisitos determinados.
Documentos para solicitar la Renta Agraria
Para poder solicitar la renta agraria deberemos de reunir la siguiente documentación:
- Modelo de solicitud de Renta Agraria
- Documento de identificación del solicitante y de los familiares que figuren en la solicitud, incluyendo éstos de hasta un 2º grado de consanguinidad o afinidad.
- Españoles: DNI (Documento Nacional de Identidad)
- Extranjeros: presentarán la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjeros) o NIE (Número de Identidad de Extranjeros) junto al pasaporte, según el caso de ser o no comunitarios.
- Documento de la cuenta bancaria, de la que el solicitante deberá ser titular, donde se cobrará la ayuda de la Renta Agraria. Las personas extranjeras han de aportar el libro de familia o un documento equivalente al este.
- En el caso de solicitantes separados o divorciados, éstos deberán presentar copia de la sentencia y convenio regulador.
Otros documentos que se pueden requerir
- Justificante de los doce meses previos de los ingresos percibidos por parte del solicitante y su unidad familiar, siendo éstos los ingresos distintos a los recibidos por trabajos en labores agrícolas como trabajador por cuenta ajena y eventual.
- Certificación de los periodos dentro de los cuales el solicitante se haya encontrado incluido Padrón Municipal de Habitantes, cuya emisión pertenece a los consistorios de Andalucía o Extremadura.
- Certificado de Empresa, con firma y sello de las diferentes empresas en las que se haya prestado trabajo.
- Certificación correspondiente emitida por las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, en las que se detallen las jornadas trabajadas en faenas del sector agrícola de manera temporal en el extranjero.
¿Qué requisitos debo de reunir para solicitarla?
Aparte de la documentación debemos de reunir una serie de requisitos. Los requisitos para solicitar la renta agraria son:
- Estar empadronado y ser residente en algún municipio andaluz o extremeño durante al menos 10 años.
- Formar parte del colectivo de trabajador eventual de tipo agrario por cuenta ajena.
- Encontrarse al corriente del pago de la cuota fija.
- No haber cobrado el subsidio por desempleo agrario en los 3 años previos a la solicitud.
- Encontrarse inscrito en el censo del SEASS (Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social) sin interrupción los 12 meses previos a la presentación de la solicitud. En el caso de los solicitantes mayores de 45 años, deben acumular de 5 a 20 años, según el caso.
- En los 12 meses naturales previos a la situación de desempleado, se deberán haber cotizado en el SEASS al menos 35 jornadas reales.
- El cálculo anual de las rentas de cualquier tipología no podrá superar la cantidad del salario mínimo interprofesional, no sumando en este caso las pagas extraordinarias, así como no superar el límite familiar establecido de rentas.
- Estar inscrito como demandante de empleo y seguir en la misma situación a lo largo de todo el periodo de cobro de la prestación, así como adherirse al compromiso de actividad.
Es importante tener en cuenta que, para hacer el cálculo de las rentas, se valorará su rendimiento bruto o íntegro. El rendimiento que tenga su procedencia de actividades de tipo empresarial, agrícola, profesional, artística o ganadera, será aquel que se derive de la diferencia ingresos-gastos necesarios para la obtención de tales ingresos. Respecto a las ganancias de patrimonio, éstas serán el resultado de la diferencia ganancias-pérdidas patrimoniales.
Renta Agraria, Cuanto se cobra y durante cuanto tiempo
La cantidad a cobrar en la ayuda de la Renta Agraria varía en base al número de jornadas reales que se hayan trabajado, que hayan sido justificadas y según el IPREM (Indicador Público de la Renta de Efectos Múltiples)
Mensualidades a percibir
Cantidad a cobrar según porcentaje IPREM y jornadas totales trabajadas:
- De 35 a 64 jornadas: 80% del IPREM = 430.27 euros.
- De 64 a 94 jornadas: 85% del IPREM = 457.16 euros
- De 95 a 124 jornadas: 91% del IPREM = 489.43 euros
- De 125 a 154 jornadas: 96% del IPREM = 516.32 euros
- De 155 a 179 jornadas: 101% del IPREM = 543.21 euros
Duración de la prestación
Respecto a lo que durará la prestación, se calculará el periodo según la edad del solicitante, sus cargas familiares y los días trabajados en el año anterior. Así, una persona que solicite la Renta Agraria habiendo trabajado, al menos, 35 jornadas, tendría la siguiente duración de su ayuda:
- Trabajador de 16 a 24 años sin responsabilidades familiares: 3,4 días de subsidio por día trabajado, cobrando como máximo 180 días.
- Trabajador de 16 a 24 años con responsabilidades familiares: 180 días.
- Trabajador de 25 a 51 años sin y con responsabilidades familiares: 180 días.
- Trabajador de 52 años o más, sin y con responsabilidades familiares: 300 días.
¿Cómo solicitar la Renta Agraria?
Las personas de Andalucía o Extremadura que deseen solicitar la ayuda de la Renta Agraria, deberán estar inscritos en la demanda de empleo al menos en el mismo momento de cursar la solicitud.
Si es la primera vez que se pide la renta agraria, se presentará la solicitud a través de la situación de desempleo. Sin embargo, si anteriormente ya se ha cobrado la ayuda anteriormente, la solicitud podrá ser presentada a partir de que transcurran al menos 12 meses desde el inicio de la renta anterior.
Te indicamos dónde presentar la solicitud:
- A través de la sede electrónica del SEPE.
- En la oficina de prestaciones, donde deberás pedir cita previa en la Sede Electrónica SEPE.
- En las oficinas destinadas a registro público.
- A través de correo administrativo.
Recuerda, para tramitar prestaciones en el INEM hay que pedir en el SEPE cita previa.
La respuesta y resolución del SEPE a la solicitud de la Renta Agraria (Servicio Público de Empleo Estatal) ha de estar finalizada en los 15 días próximos a la fecha de presentación, siendo ésta notificada a la persona solicitante en un plazo de 10 días después de la fecha en que haya sido resuelta.
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