Renta Garantizada de Ciudadanía de Cataluña

Las personas que se encuentren en una situación de mayor necesidad económica podrán beneficiarse de la Renta Garantizada de Ciudadanía, una ayuda de 564 euros al mes con esta ayuda. Su objetivo es ayudar a que los ciudadanos de Cataluña puedan afrontar los gastos más esenciales y de necesidad básica.

¿Qué es la Renta Garantizada de Cataluña o RGD?
La anterior Renta Mínima de Inserción (RMI) ahora consiste en la Renta Garantizada de Ciudadanía (RGC), una prestación de la Generalitat de Cataluña cuya finalidad es ayudar de manera asistencial a las personas más desfavorecidas y en situación de riesgo económico, persiguiendo también conseguir la reinserción tanto laboral como social.
La cantidad a cobrar con la renta garantizada ciudadana consiste en 564 euros mensuales de entrada en familias con un solo miembro, no obstante, si se cumplen todos los requisitos y se da el caso de que las familias tengan hasta cinco miembros, el importe que se puede percibir puede llegar a los 1062 euros al mes.
En esta cuantía están incluidos 150 euros en concepto de prestación complementaria. Para cobrarlos, es necesario haber firmado un compromiso en lo que se refiere al seguimiento del itinerario personalizado en inserción laboral y social.
El pago de esta ayuda se realiza, mediante transferencia bancaria, en los primeros días del siguiente mes a la aprobación de la prestación.
¿Quién se puede beneficiar de esta ayuda de Cataluña?
Familias monoparentales que:
- Trabajan a tiempo parcial o no tienen trabajo.
- Perciben menos de 639 € mensuales.
- Llevan más de dos años residiendo en Cataluña.
- En el caso de personas que cobren menos de 564 euros:
- No estar trabajando.
- Tener más de 23 años.
- Llevar dos años viviendo en Cataluña.
- Haber creado una unidad familiar independiente con una antigüedad de más de seis meses.
- Si se recibe la RMI(renta mínima de inserción), de forma automática, sin realizar trámite alguno, se recibirá la RGC (renta garantizada ciudadana).
- En caso de percibir una ayuda o subsidio por desempleo, siempre y cuando:
- La cuantía de la prestación sea inferior a 564 € mensuales.
- Ser mayor de 23 años.
- No percibir ningún tipo de ayuda económica de servicios de acogida residencial de tipo sanitario de manera permanente, ni estar en ningún tipo de régimen penitenciario ordinario.
- Llevar dos años viviendo en Cataluña.
¿Cuáles son los requisitos de la Renta Garantizada de Ciudadanía?
Tener más de 23 años (o mayores de 18 añosen una de las siguientes situaciones: presentar menores o personas con discapacidad a cargo, ser huérfanos de ambos progenitores, encontrarse en situación de víctimas de violencia machista en el hogar u otra situación establecida por reglamento).
- Encontrarse empadronado en Cataluña con una residencia continuada en los 24 meses previos a la presentación de la solicitud.
- No estar beneficiándose de una ayuda pública o privada de servicio residencial permanente ya sea de tipo social, sanitario o socio sanitario, siempre y cuando el internamiento no tenga una duración mayor a un año y se encuentre prescrito en el plan de trabajo, y estar ingresado en régimen ordinario o cerrado en un centro penitenciario.
- No haber cobrado en los últimos cinco años una prestación indebida.
- No poseer bienes inmuebles o bienes muebles suficientes que aseguren los mínimos de una vida digna, a excepción de la vivienda habitual.
- No haber renunciado a un empleo en el año anterior.
- No trabajar (con excepción de las personas solicitantes de familias monoparentales con trabajo a tiempo parcial).
- Que la unidad familiar no disponga, en los seis meses anteriores a la solicitud, ni durante la percepción de la prestación, unos ingresos superiores a los siguientes:
- 564 € mensuales en familias de un solo miembro.
- 836 € al mes familia de dos adultos.
- 909 € al mes si se trata de dos adultos y un hijo.
- 982 € mensuales para dos adultos y dos hijos.
- 1062 € al mes en el caso de dos adultos con tres hijos.
¿Cómo se solicita la renta garantizada?
Para presentar la solicitud, a través de formulario, es necesario pedir cita previa.
Ésta puede realizarse al número gratuito 900 400 012, o a través del asistente virtual de la Renta Garantizada de Ciudadanía, respondiendo a las preguntas formuladas por este asistente virtual.
Documentación a presentar
– Documento Nacional de Identidad DNI o pasaporte.
- En caso de poseer nacionalidad de la Unión Europea, certificado de inscripción como residente y pasaporte. En caso de nacionalidad de otros países, copia del NIE, del permiso residencia y del pasaporte.
- Extracto del banco correspondiente a los últimos seis meses de todas las cuentas pertenecientes a la unidad familiar.
- Documento de la cuenta bancaria donde se percibirá la prestación, de la cual debe ser titular la persona que solicita la ayuda.
- Documentación de datos fiscales actualizados de la agencia tributaria.
– Justificante de ser residente en Cataluña de forma continuada en los últimos 24 meses.
Otros documentos a presentar:
En el caso de tener que acreditar algunos concretos supuestos, también es necesaria la siguiente documentación:
– Nóminas, en caso de que los miembros de la unidad familiar trabajen.
- Declaraciones trimestrales de ingresos en caso de que algún miembro sea autónomo.
- Acreditación mediante documentos de propiedad de bienes inmuebles.
- Sentencias de separación y divorcio y convenio regulador.
- Libro de familia.
- Certificado de discapacidad si éste ha sido emitido fuera de Cataluña.
- Acreditar de manera legal el encontrarse en situación de violencia de género o violencia machista.
- Justificante que acredite la condición si éste ha sido emitido fuera de Cataluña.
- Acreditación de impago de deudas.
- Carnet de familia monoparental, cuando haya sido emitido fuera de Cataluña.
- Documento que acredite la condición como persona refugiada.
– Resolución de denegación de la solicitud de renovación de permiso de residencia.
Compatibilidades de la Renta Garantizada de Ciudadanía
Podrán beneficiarse de esta renta garantizada aquellas familias monoparentales hijos a cargo en los casos de que la madre o el padre trabajen solo a tiempo parcial y no excedan los ingresos en el límite establecido, así como los que trabajan a tiempo parcial con la renta mínima de inserción.
Asimismo, esta ayuda de Cataluña es compatible con otro tipo de becas como son transporte comedor, prestaciones de dependencia, becas de estudios de bachillerato o de universidad, y también con ayudas de carácter urgente en aquellos casos que se persiga evitar un desahucio.
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