El Pago único o Capitalizar el Desempleo
El pago único o capitalización por desempleo puede ser solicitado por aquellas personas que se encuentren en situación de desempleo y quieran cobrar el paro del golpe para montar su negocio. Si estas en esta situación te contamos, que es el pago único, quienes puedes cobrarlo, cuales son sus requisitos, que modalidades tienes de cobrarlo y donde puedes capitalizar el paro.
¿Que es capitalizar el paro?
Capitalizar el paro, pago único o capitalización por desempleo es una medida por la cual podemos cobrar el paro de golpe para poder invertir ese dinero en montar nuestro negocio como autónomo, empresa, formar parte de una sociedad limitada, Sociedad Laboral o una cooperativa.
El pago único por desempleo permite cobrar en un pago único toda nuestra prestación para crear nuestro negocio, formar parte de una sociedad o una cooperativa
Esta medida es muy positiva y muestra de ello es que cada año más personas se animan a emprender y a montar su propio negocio, dándose de alta como autónomos y presenta la correspondiente solicitud de prestación contributiva.
Hacer algunos años esta medida era algo más restrictiva, no siendo accesible para todas aquellas personas que querían emprender. Ahora y con los pasos de los años esas barreras se han ido eliminando, siendo cada vez más fácil poder acceder a este tipo de prestación.
¿Quien puede pedir el pago único?
Para poder hacer uso de la solicitud de prestación contributiva, lo interesados deberán de reunir una serie de requisitos:
- Debemos de estar cobrando el paro. Ojo, no confundir con el subsidio por desempleo, ya que si estamos cobrando un subsidio no tendremos derecho a cobrar el paro de golpe.
- Nos deben de quedar al menos tres meses de paro por cobrar.
- No tener iniciada actividad económica ni estar dado de lata en la Seguridad Social
- Si has cobrado el pago único para volver a cobrar deben de pasar cuatros años, es decir tiene que haber pasado un tiempo entre esta prestación de al menos cuatro años.
- Acreditar que vamos a iniciar una actividad como autónomo o que nos vamos incorporar de forma estable a una sociedad, cooperativa o sociedad mercantil.
- Si vamos a iniciar la actividad en una sociedad mercantil, un requisito específico a tener en cuenta es que debemos de ser menor de treinta años.
- Si hemos sido despedidos de una empresa y hemos iniciado un expediente de impugnación no podemos solicitar esta prestación hasta que no se dicte resolución firme.
- Si nos aprueban esta prestación debemos de iniciar la actividad en el plazo de un mes desde que recibimos la resolución con la aprobación.
¿De que forma puedo cobrar la Capitalización del Paro?
Aunque si bien es cierto que podemos cobrar el paro del golpe para realizar una inversión en nuestro negocio, la administración nos ofrecer una serie de modalidades a la hora de cobrar esta prestación.
Pago único Autónomos
Si decidimos darnos de alta en el régimen de autónomos y vamos a solicitar capitalizar el paro, disponemos de tres formas de pago:
- Podremos solicitar solicitar cobrar el paro de golpe si vamos a utilizar ese dinero para la inversión de un negocio, pero debemos de tener una serie de requisitos en cuenta:
- Podemos solicitar el pago del 100 % para la inversión de nuestro negocio si somos hombre de hasta de 30 años de edad y mujeres hasta 35 años.
- Si la personas cuenta con una discapacidad igual o mayor al 33% pueden solicitar también el 100% la prestación por desempleo de pago único.
- Si no cumple con los requisitos anteriores podrá solicitar el 60% del importes que quede por cobrar de desempleo.
- Si al solicitar el pago único, este no llegase a subir el 100% de la inversión, puede solicitar que es resto del dinero se devengue para pagar los gastos derivados correspondientes a la cuota de autónomo y la seguridad social.
- Solamente puede solicitarse el pago por prestación por el importe necesario para realizar la inversión.
- Ademas, puedes solicitar que la prestación se use para pagar las cuotas de autónomo y los gastos derivados de la seguridad social.
El pago único por desempleo de los socios trabajadores de sociedades laborales y cooperativas
Contamos con varias opciones para capitalizar el paro para estos casos:
- Podemos solicitar un único pago para desembolsar como aportación al capital de la sociedad.
- Si este importe fuese menor, podemos solicitar que el restante se use para abonar las cuota mensuales de autónomo.
- Otra modalidad puede ser usar ese 100% de nuestro paro para compensar las cuotas mensuales de autónomos.
¿Que papeles tengo que presentar para solicitar el pago único?
Para solicitar el pago por prestación se deben de aportar una serie de documentos que acrediten las puesta en marcha de nuestro negocio, sociedad, cooperativa entre otros, esta documentación es la siguiente:
- Deberemos de presentar el formulario debidamente cumplimentado. El mismo podéis descargado desde el enlace expuesto más abajo.
- Documento de identidad: Documento Nacional de Identidad DNI, Tarjeta de Residencia NIE o TIE (además, debes de adjuntar tu pasaporte en estos dos últimos casos)
Si somos cooperativa o una sociedad además, debemos de presentar:
- Si vas a formar una cooperativa, empresa laboral o entidad mercantil debes aportar un documento en el que el Consejo Rector, en el cual se indique que se ha solicitado el ingreso de forma permanente, no temporal, y los requisitos para la entrada.
- Si eres tu el que va a crear la sociedad mercantil, laboral o cooperativa debes de aportar el documento firmado por todos los socios en el que se indiquen todos los detalles de la empresa así como condiciones de trabajo.
- Deberas de aportar el proyecto de estatutos como empresa y se deberá hacer constar: el capital de la sociedad, las aportaciones, acciones, participaciones, desembolso de especie o dinero y las formas de efectuar los mismos.
Si somos autónomos:
– Se deberá de aportar documento en el que se explique nuestro proyecto, cual es la inversión que vamos a realizar, la actividad que se va a desarrollar y la viabilidad del proyecto.
Donde se solicita el pago único
Para solicitar la capitalización por desempleo deberemos de acudir a las Oficinas del “Servicio Público de Empleo Estatal” más conocida como oficinas del INEM o SEPE.
Lo recomendable es que solicites cita previa INEM y que confirmes que vas a solicitar la capitalización por desempleo. Ten en cuenta que tienes un mes desde que te aprueba esta prestación hasta que tu negocio arranca, por lo que tienes que tener tus fechas previstas.
¿Tengo que declarar el pago único en mi declaración del IRPF?
No, esta prestación queda exenta del pago por IRPF, por lo que las cantidades que percibas de esta prestación no tienes la obligación de declararlas en tu renta de la Agencia Tributaria.
Si bien es cierto que hace años se establecía un límite de 15.500 euros para capitalizar el paro
Me han aprobado la capitalización del Paro ¿Debo de presentar más documentación?
Posiblemente si tu solicitud se ha resuelto positivamente puede que tengas que aportar documentación adicional. En tal caso, el SEPE te pedirá que adjuntes los documentos o informes relativos a tu actividad profesional.
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