Ayuda por nacimiento de hijo u adopción
¿Conoces la ayuda por nacimiento de hijo ? También conocida como Prestación por nacimiento, es una ayuda de 1000 Euros que se concede a familias numerosas, monoparentales o en aquellas en la que la madre tenga una discapacidad igual o superior a un 65%.
¿Qué es la ayuda por nacimiento u adopción de hijo?
Es una prestación del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) para las familias en las que nazca o se adopte un hijo. Estas familias deben tener la condición de familia numerosa, ser monoparental o que la madre tenga una discapacidad del 65% o mayor.
¿Cuánto voy a cobrar?
La ayuda consiste en un pago único de 1000 euros, exentos de IRPF, y para cobrarlos no se pueden superar unos ingresos anuales dependiendo de los límites según los hijos a cargo que se tengan.
Por ejemplo, en el caso de una familia no numerosa, el límite máximo de ingresos al año que no deben superar para recibir esta ayuda, con un hijo a cargo, es de 12.581,52 euros. En el caso de las familias numerosas, éstas no podrán tener ingresos anuales de más de 18.394,65 euros si quieren cobrar estos 1.000 euros.
Requisitos para pedir la ayuda por nacimiento
Las condiciones que deben cumplir los que quieran solicitar esta bonificación de la Seguridad Social son:
- Residir de manera legal en España.
- Que los ingresos anuales percibidos no superen los topes establecidos.
- No tener derecho a otra ayuda de la misma naturaleza en otro régimen público en el ámbito de protección social.
- Cumplir los requisitos de familia numerosa, familia monoparental o de madres que presenten discapacidad igual o superior al 65%.
¿Se puede compatibilizar la ayuda por nacimiento con otras ayudas?
En algunos casos sí es posible compaginar la ayuda por nacimiento u adopción de hijo, te contamos cuando sí y cuando no.
Compatibilidades:
- Cobrar la ayuda por parto o adopción múltiple por el mismo niño.
- Las bonificaciones por hijo o menor a cargo acogido.
- Pensión a huérfanos o, en su caso, a nietos o hermanos.
- Otro tipo de ayudas económicas similares que hayan sido otorgadas por la Administración Local o Autonómica.
- Estar cobrando la prestación especial de maternidad en caso de parto múltiple por el mismo niño.
Incompatibilidades:
- Aquellos casos en los que ambos padres o adoptantes puedan percibir la ayuda, el derecho a cobrarla sólo se le concederá a uno de ellos.
- No es compatible esta prestación con la percepción de cualquier otra ayuda del mismo tipo que provenga de otros regímenes públicos en el ámbito de protección social, como son ISFAS, MUFACE, MUGEJU, etc.
- En el caso de que uno de los progenitores pueda tener derecho a esta ayuda por el mismo hijo en diferentes regímenes de tipo público de protección social, deberán elegir sólo uno de ellos.
Documentación necesaria para pedir la ayuda por nacimiento de hijo
Los siguientes documentos originales deben presentarse en el momento de la solicitud, debiendo de estar éstos en vigor.
- Ciudadanos españoles: DNI (Documento Nacional de Identidad) de ambos padres y progenitores.
- Ciudadanos extranjeros:
- Ciudadanos de la UE/EEE o de Suiza: certificación registrada de ciudadano de la Unión o del derecho a residencia permanente, además del pasaporte o documento de identidad.
- Familiares de ciudadanos de la UE/EEE o Suiza, que no posean la nacionalidad de éstos Estados: presentar la tarjeta de residencia de carácter familiar como ciudadano de la Unión, o documento que justifique el haber solicitado la tarjeta.
- Ciudadanos no nacionales de la UE/EEE o Suiza pero que tengan su residencia en territorio nacional:
- NIE (Número de Identidad de extranjero).
- TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) de los progenitores solicitantes o, según sea el caso, autorización para la residencia en España de manera temporal o permanente.
- La correspondiente solicitud de la tarjeta o petición de autorización para residir en España para hijos que hayan nacido en España.
- Modelo Solicitud de Prestación por Nacimiento de Hijo
Además, se debe acompañar la documentación que sigue con copias compulsadas (o copias para compulsar en el momento):
- Justificante del empadronamiento de los beneficiarios y causantes.
- Libro familiar o partidas de nacimiento del pertinente Registro Civil.
- Justificación del nivel de rentas e ingresos.
En las supuestas situaciones especiales, aportar:
- Sentencia judicial que confirme los casos de separación o divorcio, o documentación relativa a la guarda y custodia de los hijos.
- Título de minusvalía, emitido por el organismo concreto de la Comunidad Autónoma o el IMSERSO, en la situación de hijos con discapacidad.
- En el caso de hijos con discapacidad: título de minusvalía.
- Para las familias numerosas: título de familia numerosa.
- Si existe discapacidad de la madre: título de minusvalía.