El objeto de dichas subvenciones será el de:
- a) la puesta en funcionamiento y desarrollo de proyectos empresariales, que cuenten como mínimo con dos personas socias, incluida la solicitante, y que adopten alguna de las siguientes formas jurídicas societarias: Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad de Responsabilidad Limitada Nueva Empresa,Sociedad Laboral o Sociedad Cooperativa.
- b) la constitución del solicitante como persona empresaria individual autónoma.
En ambos casos, los proyectos deben ser avalados por un informe de viabilidad realizado por la Fundación Pública Andaluza “Andalucía Emprende”, a través de la Red de Centros Andaluces de Emprendimiento (CADE),cuya ubicación puede consultarse en la web www.andaluciaemprende.es/CADE/ .El modelo de este informe se publicará en la página web del Instituto Andaluz de la Juventud, el día que se publique la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y deberá presentarse junto con el resto de la documentación requerida para la presentación del Anexo II.
Para poder ampliar tu información sobre requisitos específicos, documentación a aportar, el modelo de solicitud, plazos, etc, consulta las bases reguladoras para ello.
El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes a contar a partir del siguiente día desde la fecha de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, dirigiendo estas solicitudes a la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de Juventud.
Aquí la publicación en el BOJA, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, por el Instituto de la Juventud, a jóvenes andaluces o residentes en Andalucía.
BOJA 26 de abril de 2019. Línea de ayudas a jóvenes para proyectos empresariales año 2019.