Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía
Si resides en Andalucía y te encuentras en riesgo de exclusión social o simplemente no tienes suficiente dinero para poder pagar tus recibos, puedes acogerte a la Renta mínima de Inserción Social en Andalucía.
El 1 de enero de 2018 se aprobó en Andalucía la Renta Mínima de Inserción Social, una ayuda que beneficiará a más de 120.000 Andaluces. Esta prestación va desde los 419,52 Euros hasta los 779,87 €. Las cantidades a percibir dependerá de los requisitos que reunamos.
¿ Que es la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía?
Esta ayuda se aprobó mediante el decreto Ley 3/2017 de 19 de diciembre y la misma entro en vigor el 1 de enero de 2018. Con esta medida la Junta de Andalucía busca acabar con la pobreza y la desigualdad social, ayudando a que las familias más necesitadas puedan pagar por ejemplo sus recibos de la luz o poder realizar la compra con alimentos básicos.
La Renta Mínima tiene como objetivo cubrir las necesidades básicas de las familias con menos recursos
¿ Que requisitos debo de reunir para solicitarla?
Para que sea concedida la renta social necesitamos reunir una serie de requisitos. Estos requisitos son imprescindibles, pero no determinantes. Con esto os queremos decir que, aunque en un principio no reunamos estos requisitos, podemos presentar la solicitud y atendiendo a nuestras necesidades personales puede ser que sea aprobada.
Os los detallamos a continuación los requisitos necesarios para la concesión de este salario social:
- llevar empadronado al menos un año en algún municipio de Andalucía.
- Tener entre 25 y 64 años
- Estar inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE), como demandante de empleo.
- Tener un ingreso máximo de 415 euros al mes.
Como os hemos indicado un poco mas arriba, estos son los requisitos básicos, pero también hay muchas excepciones que pueden tener en cuenta a la hora de conceder esta ayuda atendiendo a la situación personal en concreto. Os detallamos las excepciones que están teniendo en cuenta:
- Los inmuebles declarados en ruinas
- Las subvenciones públicas para la vivienda.
- Las pensiones de orfandad.
- La remuneración por acogimiento.
- Las prestaciones de dependencia.
- Las becas educativas o de transporte.
- Los ingresos por asistencias a cursos o los contratos de formación para jóvenes.
- Las pensiones de alimentos.
- No tendrán en cuenta el importe de la vivienda habitual.
- Las prestaciones por hijos a cargo, tanto contributivas como no contributivas.
¿ Cómo se solicita la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía ?
Tenemos dos maneras de presentar nuestra solicitud. La podremos presentar o de manera presencial o a través de internet.
Presencial
Para poder solicitar la Renta Mínima de inserción Social, deberemos de acudir a los Servicios Sociales de donde estemos empadronados o residamos. Deberemos de rellenar el impreso para su solicitud el cual podréis descargar desde aquí.
Internet
Además, la Junta de Andalucía nos brinda la oportunidad de realizar este tramite también por internet, a través de su sede electrónica.
¿ Cuanto se cobra con la Renta Mínima de Inserción ?
Esta renta tiene un mínimo y un máximo dependiendo del numero de miembros que integran la unidad familiar. Para calcular el importe de esta ayuda van a tener en cuenta el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (el IPREM), que en la actualidad asciende a 537,84 euros.
La renta mínima será del 78% de esta cantidad, es decir, 419,51 euros al mes, esta cantidad irá incrementándose un 10% mas por cada miembro de la unidad familiar que integre la familia de la persona que la solicita, hasta un 125% que asciende a 672,30 euros.
Existen casos en los que el IPREM podrá llegar hasta el 145% (779,87 euros), siendo en los siguientes casos:
- Familias en la que contenga o estén integradas por seis o más miembros y que tengan tres o más menores a su cargo.
- Las Familias monoparentales y monoparentales cuando algunos de los componentes de la unidad familiar tengan una discapacidad igual o superior al 33% y que no tenga derecho a otra prestación.
¿ Durante cuánto tiempo se cobra la ayuda ?
Esta ayuda se aprobará por un periodo de 12 meses prorrogable a otros 6 meses más, siempre y cuando persistan esas condiciones por las que fue concedida en su momento. Además, es importante señalar que cabe la posibilidad de que suspendan temporalmente la ayuda en el caso que el beneficiario consiga un contrato de trabajo con una duración superior a 1 mes.
¿ Que obligaciones tengo una vez concedido el Salario Social Andaluz ?
En el caso que nos concedan la Renta Mínima de Inserción como beneficiario de la misma debemos de cumplir un requisito. Deberemos de participar en un plan de inclusión socio laboral personal que nos elaborarán individualizada en el plazo de 1 mes posterior a la concesión de la ayuda.
¿ Cuanto tardan en conceder el Salario Social en Andalucía ?
En este caso no podemos hablar que el proceso tenga demasiada celeridad. Hablamos que normalmente suelen tardar de media unos dos meses para casi todas las comunidades autónomas, pero en algunos casos este proceso puede llegar a tardar en concederse casi 10 meses.
Por esta razón os aconsejamos que, si os decidís por solicitar el salario Social en Andalucía, no seáis impacientes porque es un tramite bastante lento.
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