Prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) 2022
Listado de las distintas prestaciones del SEPE para desempleados. ¡Descubre cuál te corresponde!
Las prestaciones o ayudas sociales del SEPE están dirigidas a personas en situación de desempleo. Existen distintas ayudas según las circunstancias particulares de cada destinatario/a. Te explicamos cuáles son y qué requisitos debes cumplir para solicitarlas.
¿En qué situación te encuentras?
Así plantea el Servicio Público de Empleo Estatal su punto de partida a la hora de establecer los requisitos para cobrar el paro u otra prestación por desempleo. Las situaciones que contempla el organismo son las siguientes:
- He trabajado más de un año.
- Soy víctima de violencia de género.
- Estoy en ERE o ERTE.
- Soy trabajador/a del campo.
- Todas las situaciones posibles.
Para cada situación de desempleo, existe una prestación del SEPE de la que puedes beneficiarte, veamos cuáles son.
¿Qué tipo de ayudas hay para desempleados?
Las distintas prestaciones del SEPE para desempleados incluyen, además del paro, otras ayudas extraordinarias, por ejemplo las que se dirigen a la ayuda familiar; o el subsidio por desempleo. Estas prestaciones se clasifican en tres tipos:
- Prestación contributiva por desempleo o «paro».
- Subsidio por desempleo no contributivo.
- Ayudas extraordinarias por desempleo.
Vamos a analizar a continuación cada una de ellas.
«Paro» o prestación contributiva por desempleo
Puedes optar al paro o prestación por desempleo si:
- Has perdido tu trabajo de forma involuntaria, por despido, finalización o suspensión de contrato por parte de la empresa.
- Has cotizado al menos 360 días en los últimos seis años anteriores al cese de tu actividad laboral.
- Eres español y has vuelto a España después de haber trabajado en otros países.
- Trabajas en el sector agrícola y resides en Extremadura o Andalucía.
- Has sido liberado de prisión tras finalizar tu condena.
Además de estar en una de estas situaciones, deberás cumplir los siguientes requisitos para cobrar el paro:
- Estar en situación legal de desempleo.
- Estar inscrito en el SEPE como demandante de empleo.
- Haber cotizado a la Seguridad Social al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo. Si eres emigrante retornado a España, deberás haber cotizado durante los 6 años anteriores a la fecha en la que te fuiste. Además, no podrás estar recibiendo prestación por desempleo en ningún otro país de Espacio Económico Europeo o Suiza. Los países que componen el EEE son: Alemania, Bélgica, Croacia, Dinamarca, España, Francia, Irlanda, Letonia, Luxemburgo, Países Bajos, Suecia, Bulgaria, Eslovaquia, Estonia, Grecia, Malta, Polonia, República Checa, Austria, Chipre, Eslovenia, Finlandia, Hungría, Italia, Lituania, Portugal, Rumanía, Liechtenstein, Islandia y Noruega.
- Estar en búsqueda activa de empleo.
- Manifestar compromiso de actividad en el momento de hacer el trámite de la prestación. Significa que te comprometes a aceptar un puesto de trabajo que se adapte a tu perfil y a seguir en formación para aumentar tus competencias laborales.
- En el caso de ser trabajador eventual del sector agrario, deberás haber estado de alta en la Seguridad Social como trabajador autónomo por cuenta propia y haber cotizado 720 días dentro de los 6 años anteriores a su situación legal por desempleo.
- No cobrar ninguna otra ayuda de la Seguridad Social que sea incompatible con el paro.
- No tener la edad de jubilación establecida: 66 años de edad.
- No realizar ninguna actividad laboral, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena, a tiempo completo, con excepción de que se trate de un programa para el fomento de empleo que sea compatible con esta prestación.
¿Cómo solicito el paro o prestación por desempleo del SEPE?
Deberás solicitar esta ayuda del SEPE dentro de los 15 días siguientes a tu cese de actividad. Te recomendamos que consultes nuestra guía dónde te explicamos dónde hacer este trámite paso a paso:
¿Cuánto cobraré de paro?
Para saber qué cantidad de paro te corresponde visita el siguiente enlace:
Subsidio por desempleo
El subsidio es una ayuda de carácter asistencial, no contributiva, y no exige los 360 días cotizados a la Seguridad Social. Está destinada a aquellas personas que no reúnen los requisitos para acceder al paro o, que por el contrario, hayan agotado su prestación por desempleo y continúan sin encontrar trabajo.
Esta prestación del Servicio de Empleo dirigida a parados de larga continuación tiene una cuantía asignada de 463,21 euros mensuales.
Tipos de Subsidio por Desempleo:
- Subsidio por insuficiencia de cotización.
- Ayuda familiar.
- Emigrantes retornados.
- Mejoría de una invalidez.
- Renta Agraria y subsidio Agrario.
- Subsidio para liberados de prisión.
¿Cómo solicitar el subsidio por desempleo?
Te lo explicamos paso a paso en esta guía:
Cómo pedir el Subsidio especial por desempleo
Ayudas extraordinarias del SEPE para desempleados
Estas ayudas están orientadas a personas que se encuentren en situaciones especiales: desempleados que han agotado su prestación o paro, y/o otros subsidios, y siguen sin encontrar empleo.
Las prestaciones extraordinarias que existen son las siguientes:
- Subsidio extraordinario por desempleo.
- Subsidio para mayores de 45 años.
- Subsidio para mayores de 52 años.
- Renta Activa de Inserción RAI.
- Programa Extraordinario de Activación para el Empleo PAE.
- Plan Prepara.
(Puedes obtener más información sobre cada una de estas ayudas haciendo clic en su enlace).
Recuerda que el primer paso para solicitar cualquiera de estas prestaciones el pedir cita previa en el SEPE y que, si dispones de Certificado digital, puedes tramitar cualquier prestación desde tu ordenador y con la ayuda de nuestras guías especializadas para prestaciones.